Confía en que resolución de Consejo de la Judicatura estará apegada a derecho

 

Fernando OLVERA DEL CASTILLO

El presidente del Colegio de Abogados y Abogadas de Chetumal, Héctor Pérez Rivero, sostuvo que, invariablemente, el magistrado de la Novena Sala Especializada en Materia Penal Oral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Carlos Lima, debió

excusarse de intervenir en un asunto en el que tiene un interés personal como lo argumentan los apoderados legales de la empresa Maioris Cancún, S. de R. L. de C.V., en el recurso de queja que interpusieron ante el Consejo de la Judicatura del Estado de Quintana Roo.
En charla con Diario de Quintana Roo, el antes citado señaló la necesidad de que en este asunto, ante todo, impere la Ley, al tiempo que reconoció que el Consejo de la Judicatura del Estado de Quintana Roo está facultado para separar a Lima del cargo en tanto se resuelve la querella de los abogados agraviados, quienes afirman que este incurrió en una actuación irregular en la toca penal 83/2017, relativa al intento de despojo de que fue objeto un ciudadano español, propietario de un lujoso departamento en el exclusivo complejo Maioris Tower de Puerto Cancún, a manos de Israel Gutiérrez Ramírez y Jose Luis Enciso Bernal o José Luis Medina Bernal, mediante el uso de documentos falsos.
“Aquí no se puede perder de vista que también se podría abrir un procedimiento especial en contra del magistrado, mediante el nuevo Tribunal de Justicia Administrativa, ya que habría incurrido precisamente en una responsabilidad administrativa”, agregó.
Como informamos con oportunidad, el recurso presentado por Francisco Siman Carpio y Antonio Garza Flores, señala que fue durante la gestión de Lima como director del Registro Público de la Propiedad y el Comercio (RPPyC) cuando se consumó el fraude inmobiliario en Maioris Tower, es decir, él tenía conocimiento pleno del asunto, ya que incluso fue señalado en un reportaje que se difundió a nivel internacional como uno de los integrantes de la presunta red de corrupción que se tejió en la administración pasada para llevar a efectos estos ilícitos.
En este sentido, los apoderados de Maioris Cancún, S. de R.L. de C.V. sostienen que Lima vulneró la Fracción XIV del Artículo 47 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Quintana Roo, ya que debió excusarse de intervenir en un asunto en el que tiene un interés personal, violando la imparcialidad que debe regir su actuación como servidor público, esto sin contar con que el TSJ puede determinar si incurre en la comisión del delito de prevaricato, al dictar resoluciones notoriamente improcedentes y alejadas del derecho que no están basadas en el expediente de que se trate, emitiéndolas con el único fin de perjudicar a una de las partes.
Finalmente, Pérez Rivero se pronunció porque la resolución del Consejo de la Judicatura del Estado de Quintana Roo sobre este caso que ha levantado una gran polémica en los círculos jurídicos, se emita con estricto apego a derecho.