A Lima, por motivos que se desconocen
Fernando OLVERA DEL CASTILLO
Si bien hasta el momento no existe información oficial que lo confirme, se rumora que en fechas recientes el Gobierno de los Estados Unidos de América suspendió al todavía magistrado de la Novena Sala Especializada en Materia Penal Oral del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo (TSJ), Carlos Lima, la visa de “turista” que ostentaba, otorgándole la condición de “inadmisible” en todos los puntos fronterizos del vecino país del Norte.
Datos recabados por el que esto escribe señalan que si bien las autoridades estadounidenses no están obligadas a informar de una decisión de este tipo, ni siquiera al interesado, se dice que fue el antes mencionado quien confió a varios de sus allegados que al día de hoy, sin especificar la razón, se encuentra imposibilitado para viajar a dicha Nación, toda vez que no cuenta con el permiso correspondiente.
En este sentido, se sabe que existen dos razones por las que las autoridades estadounidenses proceden a suspender una visa: La primera, que el portador haya cometido durante su estadía en su territorio un “delito inmoral” (crime of moral turpitude o CMT o ICMT) o, en su caso, un “delito agravado” (aggravated felony), siendo ambos de negativas consecuencias tanto para los migrantes -legales e indocumentados- como para las personas que desean visitar o emigrar a la Unión Americana.
Al respecto, no se puede perder de vista que, de acuerdo con la Corte de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés), los llamados “delitos inmorales” son conductas molestas que atentan contra la moralidad de la sociedad, bien porque su autor actuó con una intención realmente mala (evil) o porque actuó sin cuidado alguno o consideración e, incluso, con temeridad, siendo estos los siguientes: Extorsionar, hurtar, robar, transportar con conocimiento mercancía robada o aceptarla, defraudar mediante representación falsa, es decir, presentando a sabiendas un hecho falso como si fuese verdadero para poder defraudar a otra persona, alterar un documento con el objeto de lograr que otra persona, la víctima, entregue un título o escritura, destruir maliciosamente propiedad pública o privada, provocar un incendio o realizar una falsificación con el fin de cometer un delito contra la propiedad, así como desfalcar, malversar fondos o chantajear.
Aquí tampoco se puede soslayar que también son considerados delitos de conducta inmoral el evadir el pago de impuestos, esconder con conocimiento a un fugitivo de la justicia, falsificar dinero, cometer perjurio, obtener beneficios mediante un fraude cometido por medio del sistema de correos, el soborno, el no pagar la pensión alimenticia a un hijo, el protagonizar un accidente de tránsito bajo los efectos del alcohol o las drogas, y la agresión a otra persona, ya sea con un arma peligrosa o con la intención de robar, violar o causar lesiones.
Ahora bien, según se pudo corroborar, si bien hasta hace unos años, los llamados “delitos agravados” se circunscribían al asesinato, el tráfico de armas o de drogas, entre otros, con el paso del tiempo se fueron incluyendo otras acciones, algunas no tan delicadas para el Gobierno estadounidense, siendo estos, al día de hoy, los siguientes: El abuso sexual de menores, la pornografía infantil, la violación, el robo, el allanamiento de morada, la evasión fiscal por encima de los 200 mil dólares, el lavado de dinero, el tráfico de documentos fraudulentos, así como la revelación de información relacionada con la seguridad nacional.
En este punto, vale la pena destacar que la violencia doméstica puede ser calificada como delito agravado o inmoral, siendo por demás importante saber cómo se califica, en un caso concreto, porque las consecuencias pueden ser muy distintas.
Finalmente, cabe señalar que de encontrarse en alguno de estos supuestos, lo cual, insistimos, no son más que presunciones ante lo que supuestamente le ocurrió a su situación migratoria, el todavía magistrado de la Novena Sala Especializada en Materia Penal Oral del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo (TSJ), Carlos Lima, podría abocarse a solicitar un perdón o “waiver”, como se le conoce en la Unión Americana, dependiendo de la causa del problema. Sin embargo, de acuerdo con las experiencias de muchos mexicanos a quienes se les ha suspendido la visa, esto resulta prácticamente imposible.