TEPJF, por no acreditar residencia en BJ
Alvaro ORTIZ SALAMANCA
La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), que a su vez confirmó la negativa de registro del borgista José Luis Toledo como
candidato a presidente municipal de Benito Juárez postulado por la coalición “Por Quintana Roo al Frente”, conformada por los partidos políticos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano (MC).
En sesión celebrada ayer por la tarde, dicha instancia consideró que fue correcta la actuación del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) al analizar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad del candidato en comento, tomando en consideración las pruebas aportadas por Emiliano Vladimir Ramos Hernández, en su calidad de precandidato del PRD al referido cargo municipal.
De las citadas probanzas quedó demostrado que José Luis Toledo no cumplió con una residencia de cinco años en el municipio de Benito Juárez, toda vez que en el año 2015 presentó una constancia de residencia en el municipio de Solidaridad para contender como candidato a diputado federal.
De igual forma, los magistrados declararon infundada la pretensión de inaplicar, al caso concreto, el Artículo 136, Fracción I, de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo, el cual establece que para ser miembro de un Ayuntamiento se requiere contar con una residencia y vecindad en el municipio no menor a cinco años anteriores al proceso electoral.
Lo anterior debido a que dicho requisito lo estableció el borgista en el ejercicio de su libertad configurativa, sin que se estime que el mismo sea desproporcional, además de considerar que la pretensión de inaplicación del mismo en el caso en concreto, sería inviable y rompería con el marco constitucional e internacional en materia de derechos humanos, más aún cuando la pretensión última del mencionado consistió en que no se le exigiera.
Por otra parte, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) y el acuerdo respectivo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) que aprobó el registro de Mario Machuca Sánchez como candidato a la presidencia municipal de Benito Juárez, postulado por la coalición “Todos por Quintana Roo”, integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza (Panal).
Los magistrados determinaron como fundado el agravio relativo a la indebida valoración de las pruebas y a la falta de exhaustividad de la responsable al estudiar la inelegibilidad de Machuca Sánchez, porque el Tribunal local no analizó una sesión plenaria celebrada el pasado 3 de abril en la que votó en su calidad de diputado federal, a pesar de que solicitó licencia a dicho cargo el 28 de marzo anterior.
En ese tenor, el Pleno de la Sala consideró que, al seguir en el ejercicio del cargo como diputado federal, Machuca Sánchez incumplió con la normativa que establece la separación del cargo con noventa días de anticipación a la jornada electoral de manera definitiva.