Tras fallecimiento de su madre
SAN LUIS POTOSI, 27 de septiembre.- Un Tribunal Laboral federal ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
otorgar una pensión vitalicia de orfandad a una niña de 11 años diagnosticada con espectro autista, después del fallecimiento de su madre por una causa profesional.
El Tercer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en San Luis Potosí, determinó que la condición de discapacidad de la menor amerita una protección reforzada y que la prestación deberá mantenerse de manera indefinida para garantizar los recursos necesarios para su desarrollo integral y una vida digna.
El caso se originó después del fallecimiento de la madre de la niña y de otro menor, quien era trabajadora del IMSS. El abuelo materno promovió un procedimiento ordinario laboral para reclamar las prestaciones correspondientes y solicitar que la menor fuera reconocida como beneficiaria de los derechos laborales y de seguridad social de su madre.
Al resolver el asunto, el Tribunal estableció que la pensión de orfandad de la niña no podrá extinguirse cuando alcance la mayoría de edad ni por circunstancias como contraer matrimonio o convertirse en madre.
La sentencia tomó en consideración las condiciones particulares en las que está la menor y la necesidad de garantizar que disponga permanentemente de recursos que contribuyan a su desarrollo y protección.
Uno de los elementos considerados fue su actual red de apoyo, integrada únicamente por sus abuelos maternos, de 71 y 68 años. Debido a que ambos son adultos mayores, el Tribunal estimó previsible que en el futuro la niña pueda requerir apoyos específicos y ajustes razonables para ejercer sus derechos en condiciones de igualdad.
La resolución reconoce que, con el paso de los años, la menor adquirirá capacidad jurídica y autonomía para tomar sus propias decisiones, pero también considera las barreras sociales, culturales y estructurales que pueden enfrentar las personas con discapacidad.
A partir de esas circunstancias, el Tribunal determinó que correspondía adoptar medidas para garantizar una protección integral y evitar que la menor quede sin el respaldo económico derivado de los derechos laborales de su madre.
Además de reconocer el carácter vitalicio de la pensión, se ordenó al IMSS realizar ajustes en los porcentajes correspondientes a las pensiones de orfandad y viudez otorgadas a la niña y al niño como beneficiarios con derecho a asignación familiar de la trabajadora fallecida.
La resolución establece así una protección permanente para la menor, sin sujetar la pensión de orfandad a las causas de terminación que normalmente podrían aplicarse con el transcurso de los años.